15 nov 2014

Listas provisionales de admitidos y excluidos en becas para libros de texto y material escolar 14-15

El Ayuntamiento de Leganés a publicado ya en su web, pincha aquí para ver el enlace.

Listas provisionales de admitidos y excluidos en becas para libros de texto y material escolar 14-15

De acuerdo con la base duodécima de la convocatoria, se establece el periodo de reclamaciones de diez días hábiles contados a partir del siguiente al de la publicación, del 13 al 24 de noviembre ambos incluidos. Pudiendo presentar las reclamaciones en los mismos lugares donde se solicitó.

Manifestación. Sábado 22 de noviembre a las 12:00h

Manifestación. Sábado 22 de noviembre a las 12:00h. Desde la rotonda de los cabezones a plaza de España.

En Leganés, los recortes en educación tienen consecuencias dramáticas, centenares de niñ@s que no hacen tres comidas diarias. Reducción de las aulas en las escuelas infantiles de Jeromín y el Rincón. Cierre de las escuelas infantiles de Verbena y Valle Inclán. Eliminación del 2º ciclo en "Lope de Vega". Se han cerrado aulas en centros públicos con la falsa justificación de que no hay demanda. Se ha producido un cambio de empresa en la Escuela Infantil Dulcinea" cuando había empezado ya el curso escolar.





I huelga educativa de apertura de centros

Os convocamos a realizar la I HUELGA EDUCATIVA DE APERTURA DE CENTROS el viernes 28 de noviembre. Es un día no lectivo para el sector educativo, aunque sí laborable para el resto, en el que los centros educativos se supone que estarán cerrados, pero que nosotros pretendemos abrirlos con actividades educativas no curriculares en las que se impliquen las familias y el resto de la Comunidad Educativa, demostrando a nuestros gobernantes que, mientras que ellos quieren dejar sin educación a nuestros hijos e hijas, nosotros la defendemos abriendo los centros completamente a la ciudadanía.

Los últimos meses han traído consigo un cambio sustancial del enfoque de las familias respecto de las movilizaciones en defensa del derecho a la educación y en contra de los recortes y de la LOMCE. Si bien los padres y madres del alumnado consideran imprescindible que se continúen las movilizaciones, también reclaman con la misma seguridad que se busquen nuevas fórmulas para movilizarse y trasladan en las reuniones que la huelga tradicional en el ámbito educativo, aquella que supone la paralización de la actividad lectiva, no parece ya la opción a considerar de forma prioritaria en este momento.

Una parte importante del resto de sectores de la Comunidad Educativa se expresan de forma similar y también intentan buscar otras vías para canalizar su descontento y realizar su protesta. En las últimas movilizaciones, todo esto se ha visualizado de forma muy clara.

LA FAPA ha debatido en diferentes reuniones y asambleas internas sobre este asunto y llegó a la conclusión de que se debía poner en marcha un nuevo formato de huelga, uno que consista en abrir los centros educativos en momentos en los que están cerrados habitualmente y, en lugar de parar la actividad lectiva del alumnado, realizar actuaciones que den un mensaje de que el camino es más y mejor escuela.

Por ello, os convocamos a realizar la I HUELGA EDUCATIVA DE APERTURA DE CENTROS el viernes 28 de noviembre. Es un día no lectivo para el sector educativo, aunque sí laborable para el resto, en el que los centros educativos se supone que estarán cerrados, pero que nosotros pretendemos abrirlos con actividades educativas no curriculares en las que se impliquen las familias y el resto de la Comunidad Educativa, demostrando a nuestros gobernantes que, mientras que ellos quieren dejar sin educación a nuestros hijos e hijas, nosotros la defendemos abriendo los centros completamente a la ciudadanía.

Hace unas semanas trasladamos esta idea a la Plataforma Regional por la Escuela Pública para que fuera una convocatoria de toda la Comunidad Educativa, pero una parte de las organizaciones que la componen prefieren no caminar por esta vía, al menos no en este momento previo a las elecciones sindicales en la enseñanza. En todo caso, las familias debemos impulsar las medidas que pensemos en cada momento más adecuadas para el alumnado y su derecho a la educación y, a nuestro juicio, ésta parece una buena vía que poner en marcha. Seguro que integrantes del resto de la Comunidad Educativa se implicarán en nuestra iniciativa.

Esperamos que la idea sea de vuestro agrado. Os adjuntamos un modelo de comunicación de las actuaciones a desarrollar y en los próximos días iremos ampliando información sobre esta actuación, facilitando ideas para llevar a cabo ese día.

 

XI ENCUENTRO DE EXPERIENCIAS DE PARTIPACIÓN

El próximo sábado 22 de noviembre celebraremos nuestro \"XI Encuentro de experiencias de participación de APAS\". En esta ocasión el acto estará centrado en la presencia real de las nuevas tecnologías en las aulas, conocer experiencias sobre cómo se está llevando a cabo la enseñanza con estas herramientas, y qué nuevas formas de enseñar nos permiten poner en marcha para lograr el éxito personal, social y educativo del alumnado.

La jornada se va a realizar en el IES Joaquín Turina, C/ Guzmán el Bueno nº 92 - Madrid.
De 10:00 a 18:00
La comida está incluida para todos los asistentes al acto.
Como en anteriores convocatorias se organizarán actividades para los menores comprendidos entre 3 y 12 años.

El proceso de inscripción ya está abierto.



11 nov 2014

Actividades de la Red de AMPAS de Leganés, curso 2014-2015

Mejor juntos
Enrédate

Actividades de la RED DE AMPAS
curso 2014-2015

Un curso más arranca el proyecto RED de AMPAS en Leganés. Ofrece a padres y madres asociados la posibilidad de acceder a aquellas actividades organizadas por el conjunto de asociaciones de la Red mediante la presentación del carné de socio de una AMPA en Red.

Se ofrecen actividades para las diferentes etapas (infantil, primaria y secundaria) y una oferta de actividades para personas adultas y jóvenes.
El programa pone a disposición de los centros en Red carnés y un díptico informativo con el total de las actividades ofrecidas.

Está promovido por Apoyo a la Escuela de la Concejalía deEducación del Ayuntamiento de Leganés.



4 nov 2014

Circular 6– Curso 2014-15

LA FAPA INFORMA

Circular 6– Curso 2014-15

Noviembre de 2014
Voto en las asambleas de las asociaciones de padres y madres

Ante las numerosas dudas que surgen sobre quiénes tienen derecho a voto en las asambleas de padres y madres del alumnado y cómo deben ejercerlo, dado que últimamente se está trasladando información poco fundamentada al respeto, debemos precisar algunas cuestiones importantes al respecto:
  • Las asambleas de las asociaciones de padres y madres del alumnado de los centros educativos están compuestas por sus asociados y asociadas. Las personas que no forman parte de la asociación o que no estén con todos sus derechos vigentes, no pueden estar presentes en la asamblea y, mucho menos, votar en la misma. No obstante, si se ha solicitado que una persona ajena a la asamblea participe en ella en alguno de los puntos para aportar algo al respecto que los asistentes a la misma deban conocer, sólo estarán presentes durante el punto específico para el que han sido citados y abandonarán la misma en el momento en el que la asamblea lo estimo oportuno, especialmente antes de que realice cualquier debate de orden interno y, de forma obligada, no deberán estar presentes en los procesos de votación que se efectúen.
  • En el proceso de acreditación de una asamblea debe incluirse una hoja de firmas que deberán firmar todos los asociados que asistan a la asamblea haciendo constar su nombre y apellidos, con el fin de reflejar los asistentes y reconocerles el derecho a voto a quienes puedan ejercerlo.
  • A no ser que los Estatutos de la asociación indique expresamente lo contrario, el voto es personal e intransferible, es decir, no puede delegarse. Si una persona no asiste a la Asamblea o se ausenta antes de un proceso de votación, su voto no se puede realizar y, por tanto, no se considerará emitido incluso aunque hubiera expresado su parecer en un debate anterior a la votación o por escrito a la asamblea. Si los Estatutos permiten la delegación de voto, deberá indicarse el procedimiento para poder hacerlo en la documentación adjunta a la convocatoria de la asamblea.
  • Si se establece en los Estatutos la posibilidad de voto por correo, para que se pueda ejercer debe estar regulado el procedimiento para llevarlo a cabo. Por defecto, la forma de proceder será similar que para las elecciones políticas, que exigen un censo previo y establecen la forma de solicitar el derecho a votar por correo, la forma de recoger los documentos de votación y los plazos para entregar el voto así como la manera de hacerlo de forma válida. Si una persona asociada vota por correo, una vez solicitado ese derecho no podrá votar presencialmente incluso aunque su voto por correo no llegara en tiempo y forma. En el recuento de votos, nunca una persona podrá ser contabilizada como votante por ambas vías, incluso aunque se quiera hacer constar que uno de ellos o ambos son nulos, es decir, sólo se contabilizará una vez teniendo en cuenta una de las dos vías.
  • El voto sólo corresponde a la persona que figura asociada. Aunque habitualmente se considera en las APAS a los asociados como unidades familiares, el voto es un derecho que se ejerce de forma individual, por lo que si en una familia se quiere ejercer más de un voto en la asociación, ello precisa que todas y cada una de las personas que quieran ejercerlo sean asociadas y paguen su cuota. Para ello, deberán ser padres, madres o tutores de alumnado escolarizado en el centro educativo. Es decir, si en una familia quieren ejercer, por ejemplo, el voto el padre y la madre, ambos deberán estar asociados y deberán abonar dos cuotas. No obstante, es muy habitual que una familia se entienda asociada con el pago de una única cuota, y que se actúe de manera que una de las personas ejerza el voto por toda la familia. Ello no se ajusta exactamente al concepto de derecho individual al voto, pero es una forma de proceder derivada de la costumbre, que debe revisarse para ajustarse a la legislación vigente.
  • El voto podrá ejercerse en una asamblea por asentimiento de los asistentes, si es que se estima por parte de la mesa de la Asamblea que no existe oposición a lo que propone votar. Si nadie se opone a ello, se considerará aprobado el asunto a tratar. Si alguien se opone a la utilización de este mecanismo, basta con que un asistente con derecho a voto así lo manifieste, el voto deberá ejercerse por mayorías. Algunos procesos no podrán realizarse por la vía del asentimiento, son aquellos en los que los Estatutos establezcan un determinado procedimiento de voto.
  • El voto por mayorías exige que se contabilicen los votos a favor, en contra, las abstenciones, los votos en blanco y los nulos. La aprobación habitualmente se realizará por mayoría simple: mayor número de votos a favor que en contra. No obstante, los Estatutos pueden establecer que la aprobación de determinadas cuestiones se realicen por mayoría absoluta: los votos afirmativos deberán ser la mitad más uno de los emitidos. También se puede establecer estatutariamente la necesidad de mayorías cualificadas, por ejemplo de dos tercios de votos afirmativos sobre el total de emitidos. Todos los formatos son democráticos y sólo se establecen en función de la transcendencia de aquello que se somete a votación para el funcionamiento de la asociación. En cualquier caso, habrá que tenerse muy en cuenta todo lo estipulado en los Estatutos con relación a las mayorías exigidas para cada situación.
  • El voto deberá ejercerse obligadamente de forma secreta si alguien así lo solicita, bastará con que lo haga sólo una persona asociada. Los votos se introducirán en un recipiente que garantice el secreto del voto cuando se emite y el recuento, como en el resto de ocasiones, se hará ante la asamblea justo en el momento en el que ejerza su derecho a voto el último de los asistentes llamados a ello.
  • Cualquier persona que haya ejercido su derecho a voto puede hacer constar en acta el sentido del voto que ha emitido, donde deberá reflejarse si así lo pide expresamente. También puede pedir que conste la explicación de su voto, para lo cual deberá aportar por escrito en el momento, o en el plazo que se le dé, habitualmente 48 horas lo que quiere que conste. El acta deberá reflejarlo de forma literal. De igual forma, cualquier votante podrá formular voto particular discrepante con el acuerdo mayoritario que se haya producido, pero para ello deberá haber votado en contra de dicho acuerdo. El voto particular se deberá entregar por escrito en el plazo establecido y deberá adjuntarse como anexo al acta de la reunión. Es posible el voto particular en una votación que haya sido secreta, pero siempre que al menos figure un voto contrario al acuerdo. Como no podrá adjudicarse a un votante concreto, lo podrá ejercer todo aquel votante que lo solicite, aunque con ello el número de solicitantes superen al de votos contrarios.
Si tenéis alguna duda sobre lo anterior, o tenéis alguna duda que esta circular no resuelve, no dudéis en contactar con nuestra oficina.

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